Oct
07
CIRCULAR Modificatoria 7/24
Consultar publicación en el DOFModificación a la Disposición 8.2.3, fracción XXV, inciso a
ConsultarOct
07
Modificación a la Disposición 8.2.3, fracción XXV, inciso a
ConsultarOct
07
Oct
07
Modificación al Anexo 34.1.21-b
ConsultarModificación al Anexo 34.4.3
ConsultarSep
06
Modificación al Anexo 5.15.3
ConsultarModificación al Anexo 7.2.5
ConsultarAgo
04
Modificación a la Disposición 32.10.10
ConsultarAgo
04
Jun
05
Jun
05
Ene
08
Modificación a la Disposición Octogésima Cuarta Transitoria
ConsultarEne
02
Dic
27
Modificación al Anexo 34.1.21-a
ConsultarDic
27
Modificación al Anexo 34.1.21-b
ConsultarModificación al Anexo 34.4.3
ConsultarDic
27
Dic
27
Modificación al Anexo 14.2.1-q
ConsultarModificación al Anexos 14.2.1-y
ConsultarDic
19
Modificación al Anexo 13.3.1.
ConsultarDic
19
Dic
18
Modificación a la Disposición Octogésima Quinta Transitoria
ConsultarOct
18
Modificación a las Disposiciones 5.6.1. a 5.6.6. del Capítulo 5.6.
ConsultarAgto
22
Agto
22
Se adiciona la Disposición Octogésima Novena Transitoria
ConsultarMay
16
Modificación al anexo 5.15.3
ConsultarModificación al anexo 7.2.5
ConsultarFeb
13
Modificación a la Disposición Octogésima Quinta Transitoria
ConsultarDic
27
Modificación a la Disposición Octogésima Tercera Transitoria
ConsultarDic
27
Modificación al anexo 34.1.21-A
ConsultarDic
27
Dic
27
Modificación al anexo 34.1.21-B
ConsultarModificación al anexo 34.4.3
ConsultarNov
28
Modificación a la disposición 13.3.1.
ConsultarNov
28
Modificación a la disposición 13.2.1.
ConsultarNov
28
Modificación a la Disposición Octogésima Cuarta Transitoria
ConsultarNov
11
Modificación a la disposición 5.8.3.
ConsultarModificación a las disposiciones 14.2.5., 14.2.6. y 14.2.7
ConsultarModificación a la disposición 14.4.6
ConsultarModificación al anexo 14.2.5-a
ConsultarModificación al anexo 14.2.5-k
ConsultarModificación al anexo 14.2.6-a
ConsultarModificación al anexo 14.2.6-k
ConsultarModificación al anexo 14.2.7-a
ConsultarModificación al anexo 14.2.7-b
ConsultarSep
12
Modificación al anexo 35.1.9.
ConsultarSep
12
Modificación al anexo 34.1.21-B.
ConsultarModificación al anexo 34.4.3.
ConsultarAgo
29
Ago
25
Disposición Octogésima Quinta Transitoria
ConsultarJul
28
Disposición Octogésima Octava Transitoria
ConsultarJul
28
Modificación al anexo 5.15.3.
ConsultarModificación al anexo 7.2.5.
ConsultarJul
14
Disposición Octogésima Séptima Transitoria
ConsultarJul
14
Jul
14
Disposiciones Octogésima Quinta y Octogésima Sexta Transitorias
ConsultarMar
31
Modificación al anexo 6.3.3
ConsultarModificación al anexo 6.3.7
ConsultarModificación al anexo 6.3.9
ConsultarEne
11
Modificación del Capítulo 32.3
ConsultarModificación del Capítulo 32.4
ConsultarModificación del Capítulo 32.5
ConsultarModificación a la disposición 32.10.10
ConsultarSe modifica la relación de anexos (32.3.8, 32.3.9 y 32.10.10)
ConsultarMar
31
Modificación al anexo 6.3.3
ConsultarModificación al anexo 6.3.7
ConsultarModificación al anexo 6.3.9
ConsultarEne
11
Modificación del Capítulo 32.3
ConsultarModificación del Capítulo 32.4
ConsultarModificación del Capítulo 32.5
ConsultarModificación a la disposición 32.10.10
ConsultarSe modifica la relación de anexos (32.3.8, 32.3.9 y 32.10.10)
ConsultarEne
11
Disposiciones Octogésima Cuarta y Octogésima Quinta Transitorias
ConsultarEne
04
Modificación a la disposición Octogésima Tercera Transitoria
ConsultarDic
28
Modificación al anexo 34.1.21-a
ConsultarDic
28
Dic
28
Modificación al anexo 34.1.21-b
ConsultarModificación al anexo 34.4.3
ConsultarDic
22
Dic
21
Modificación a la disposición 13.2.1
ConsultarModificación al anexo 13.2.1
ConsultarDic
21
Dic
21
Adición de la disposición Octogésima Cuarta Transitoria
ConsultarDic
21
Dic
17
Modificación a la disposición 13.3.1
ConsultarModificación al anexo 13.3.1
ConsultarJul
14
Modificación a la disposición 26.1.4
ConsultarModificación a la disposición 26.2.4
ConsultarModificación a la disposición 38.1.9
ConsultarModificación al anexo 35.1.9-x
ConsultarModificación al anexo 38.1.9-y
ConsultarModificación al anexo 38.1.9-z
ConsultarJul
14
Jul
14
Modificación al anexo 34.1.21-b
ConsultarModificación al anexo 34.4.3
ConsultarJul
14
Modificación a la disposición 26.1.4
ConsultarModificación a la disposición 38.1.9
ConsultarModificación al anexo 38.1.9-u.
ConsultarJun
10
Modificación al anexo 5.15.3.
ConsultarModificación al anexo 7.2.5.
ConsultarMay
13
Modificación a la disposición 39.6.2
ConsultarMar
30
Adición a la disposición Octogésima Tercera Transitoria
ConsultarMar
30
Mar
22
Adición a la disposición Octogésima Segunda Transitoria
ConsultarMar
22
Modificación a la disposición 39.6.2
ConsultarFeb
08
Adición del anexo 14.2.1-Y
ConsultarAdición del anexo 14.2.2-S
ConsultarAdición del anexo 14.2.2-T
ConsultarAdición del anexo 14.2.2-U
ConsultarAdición del anexo 14.2.2-V
ConsultarAdición del anexo 14.2.2-W
ConsultarAdición del anexo 14.2.2-X
ConsultarModificación a la disposición 14.2.1
ConsultarSe modifica la relación de anexos
ConsultarDic
28
Modificación al anexo 39.1.5-A
ConsultarDic
28
Modificación al anexo 34.1.21-A
ConsultarDic
28
Dic
28
Modificación al anexo 34.1.21-B
ConsultarDic
11
Adición a la disposición Octogésima Primera Transitoria
ConsultarDic
11
Modificación al anexo 13.3.1
ConsultarDic
11
Nov
24
Modificación a la disposición 30.1.12
ConsultarModificación a la disposición 30.2.7
ConsultarModificación a la disposición 30.3.5
ConsultarModificación a la disposición 30.4.5
ConsultarModificación a la disposición 30.5.5
ConsultarSe modifica la relación de documentos
ConsultarOct
23
Oct
23
Modificación a la disposición Septuagésima Novena Transitoria
ConsultarOct
23
Jun
29
Jun
05
Modificación al anexo 5.3.1
ConsultarModificación al anexo 5.15.3
ConsultarModificación al anexo 7.2.5
ConsultarMar
31
Mar
31
Mar
31
Modificación al anexo 38.1.9-f
ConsultarMar
27
Adición a la disposición Octogésima Transitoria
ConsultarFeb
07
Dic
26
Dic
26
Modificación al anexo 34.1.21 -a
ConsultarDic
17
Dic
17
Dic
04
Modificación a la disposición 1.1.1
ConsultarDic
04
Dic
04
Modificación a la disposición Septuagésima Novena Transitoria
ConsultarNov
12
Modificación a la disposición 9.4.3
ConsultarModificación a la disposición 39.1.9
ConsultarDerogación del capítulo 34.2
Eliminación de anexo 34.2.1
Eliminación de anexo 34.2.2-a
Eliminación de anexo 34.2.2-b
Modificación al anexo 39.1.5-a
ConsultarModificación al anexo 39.1.5-b
ConsultarOct
11
Oct
11
Modificación al anexo 34.1.21.B
ConsultarModificación al anexo 34.2.2.B
ConsultarModificación al anexo 34.4.3
ConsultarJun
28
Modificación al anexo 6.3.3
ConsultarModificación al anexo 6.3.7
ConsultarModificación al anexo 6.3.8
ConsultarModificación al anexo 6.3.9
ConsultarJun
24
Jun
24
May
31
Modificación a la disposición 6.5.5
ConsultarModificación a la disposición 6.5.6
ConsultarModificación a la disposición 6.5.7
ConsultarModificación a la disposición 6.5.8
ConsultarModificación a la disposición 6.5.9
ConsultarModificación a la disposición 6.5.10
ConsultarModificación a la disposición 6.5.11
ConsultarModificación a la disposición 6.5.12
ConsultarModificación a la disposición 6.5.13
ConsultarModificación a la disposición 6.5.14
ConsultarModificación a la disposición 6.5.15
ConsultarModificación a la disposición 6.5.16
ConsultarModificación a la disposición 6.5.17
ConsultarModificación a la disposición 6.5.18
ConsultarModificación a la disposición 6.5.19
ConsultarAdición de la disposición 6.5.20
ConsultarAdición de la disposición 6.5.21
ConsultarAdición de la disposición 6.5.22
ConsultarAdición de la disposición 6.5.23
ConsultarModificación al anexo 6.5.12.A
ConsultarModificación al anexo 6.5.12.B
ConsultarModificación al anexo 6.5.13
ConsultarSe modifica la relación de anexos
ConsultarMay
31
Modificación al anexo 5.3.1
ConsultarModificación al anexo 5.15.3
ConsultarModificación al anexo 7.2.5
ConsultarMay
20
Modificación a la disposición 8.15.7
ConsultarMar
26
Adición del título 41
ConsultarAdición del Capítulo 41.1
ConsultarAdición del Capítulo 41.2
ConsultarAdición del Capítulo 41.3
ConsultarAdición del Capítulo 41.4
ConsultarAdición del Capítulo 41.5
ConsultarAdición del Capítulo 41.6
ConsultarSe modifica la relación de anexos
ConsultarAdición del anexo 41.2.1.A
ConsultarAdición del anexo 41.2.1.B
ConsultarMar
26
Modificación a la disposición 32.8.1
ConsultarModificación a la disposición 32.8.2
ConsultarModificación a la disposición 32.8.3
ConsultarModificación a la disposición 32.8.4
ConsultarModificación a la disposición 32.8.5
ConsultarModificación a la disposición 32.8.12
ConsultarModificación a la disposición 32.9.1
ConsultarModificación a la disposición 32.9.3
ConsultarModificación a la disposición 32.9.4
ConsultarMar
20
Mar
04
Mar
04
Ene
28
Corrección al anexo 34.1.21 -a
ConsultarEne
28
Corrección al anexo 22.1.2
ConsultarDic
27
Modificación a la disposición 23.1.16
ConsultarModificación al anexo 22.1.2
ConsultarDic
14
Dic
14
Dic
14
Adición a la disposición Septuagésima Novena Transitoria
ConsultarDic
13
Modificación al anexo 34.1.21-b
ConsultarModificación al anexo 34.2.2-b
ConsultarModificación al anexo 34.4.3
ConsultarDic
12
Modificación al anexo 34.1.21-a
ConsultarDic
12
Oct
18
Modificación del Capítulo 2.1
ConsultarModificación a la disposición 2.1.1
ConsultarModificación a la disposición 2.1.3
ConsultarModificación a la disposición 2.1.8
ConsultarModificación a la disposición 2.2.2
ConsultarModificación a la disposición 2.2.8
ConsultarModificación a la disposición 2.2.9
ConsultarAdición de la disposición 2.2.10
ConsultarModificación a la disposición 2.3.2
ConsultarModificación a la disposición 2.3.7
ConsultarModificación al anexo 2.1.2-a
ConsultarModificación al anexo 2.1.2-b
ConsultarModificación al anexo 2.1.3-a
ConsultarModificación al anexo 2.1.3-b
ConsultarModificación al anexo 2.1.3-c
ConsultarModificación al anexo 2.1.3-d
ConsultarModificación al anexo 2.1.3-e
ConsultarModificación al anexo 2.1.3-f
ConsultarModificación al anexo 2.1.3-g
ConsultarModificación al anexo 2.2.3-a
ConsultarModificación al anexo 2.2.3-b
ConsultarSe modifica la relación de anexos
ConsultarSep
10
Modificación a la disposición 4.10.18
ConsultarDerogación del anexo 4.10.18
Se modifica la relación de anexos
ConsultarAgo
06
Modificación a la disposición 39.6.2
ConsultarJun
29
Modificación a la disposición 25.1.8
ConsultarModificación a la disposición 25.1.22
ConsultarJun
29
Modificación a la disposición 30.6.3
ConsultarModificación al anexo 30.6.4
ConsultarJun
14
Modificación a la disposición 3.1.5
ConsultarModificación a la disposición 3.2.5
ConsultarModificación a la disposición 22.1.2
ConsultarModificación a la disposición 38.1.3
ConsultarModificación al anexo 8.20.2
ConsultarModificación al anexo 22.1.2
ConsultarModificación al anexo 23.1.8
ConsultarMay
18
Abr
26
Modificación a la disposición 4.12.1
Modificación a la disposición 4.12.2
Modificación a la disposición 4.12.3
ConsultarModificación a la disposición 11.7.2
Modificación a la disposición 11.7.3
Adición de la disposición 11.7.4
ConsultarModificación a la disposición 32.6.2
Modificación a la disposición 32.6.4
Modificación a la disposición 32.6.8
Modificación a la disposición 32.6.11
ConsultarModificación a la disposición 39.1.8
ConsultarModificación a la disposición 39.4.1
Adición a la disposición 39.4.8
ConsultarAdición del anexo 39.4.8
ConsultarModificación la relación de anexos
ConsultarModificación a la Relación de Documentación
ConsultarAbr
17
Mar
29
Modificación al anexo 5.15.3
ConsultarModificación al anexo 7.2.5
ConsultarFeb
23
Modificación a la disposición 22.1.2
ConsultarModificación al anexo 22.1.2
ConsultarDic
27
Modificación del Capítulo 20.2
ConsultarAdición a la Disposición 20.2.7
ConsultarDic
22
Modificación a la Disposición 5.6.1
ConsultarModificación a la Disposición 5.6.2
ConsultarModificación a la Disposición 5.6.3
ConsultarModificación a la Disposición 5.6.5
ConsultarAdición a la Disposición 5.6.9
ConsultarModificación a la Disposición 38.1.4
ConsultarModificación al anexo 38.1.4
ConsultarModificación al anexo 38.1.5
ConsultarDerogación a la Disposición Septuagésima Sexta Transitoria de la Circular Única de Seguros
Modificación la relación de anexos
ConsultarModificación a la Relación de Documentación
ConsultarDic
20
Modificación a la Disposición 39.6.2
ConsultarDic
20
Adición a la disposición Septuagésima Octava Transitoria
ConsultarDic
12
Adición a la Disposición 4.5.20
ConsultarAdición a la Disposición 4.5.21
ConsultarDic
4
Dic
4
Dic
4
Modificación al anexo 34.1.21
ConsultarOct
6
Adición de la Disposición Septuagésima Séptima
ConsultarModificación la relación de anexos
ConsultarAdición Anexo Transitorio 16
ConsultarModificación a la Relación de Documentación
ConsultarOct
4
Modificación a la Disposición 6.4.11
ConsultarModificación a la Disposición 6.6.6
ConsultarModificación a la Disposición 8.2.5
ConsultarModificación a la Disposición 8.3.1
ConsultarModificación de Disposición 8.4.1
ConsultarModificación de Disposición 8.19.3
ConsultarModificación de Disposición 10.3.1
ConsultarModificación al anexo 6.4.11
ConsultarModificación al anexo 6.7.8
ConsultarModificación al anexo 8.4.2
ConsultarModificación al anexo 8.22.4
ConsultarSep
27
Adición del Capítulo 13.4
ConsultarAdición del anexo 13.4.1
ConsultarSe modifica la relación de anexos
ConsultarSep
8
Jun
28
Modificación a la Disposición 3.5.6
ConsultarModificación a la Disposición 8.23.1
ConsultarModificación a la Disposición 24.1.7
ConsultarModificación a la Disposición 38.1.3
ConsultarModificación a la Disposición 38.1.8
ConsultarModificación al anexo 22.1.2
ConsultarModificación al anexo 38.1.3
ConsultarJun
27
Jun
15
Modificación a la Disposición 20.3.1
ConsultarModificación a la Disposición 38.1.6
ConsultarDerogación del anexo 20.3.1
Derogación a la Disposición 20.3.2
Se modifica la relación de anexos
ConsultarJun
5
Abr
20
Abr
6
Modificación al anexo 34.1.21-b
ConsultarModificación al anexo 34.2.2-b
ConsultarMar
16
Dic
19
Modificación al anexo 34.1.21
ConsultarDic
7
Dic
1
Dic
16
Modificación al anexo 7.3.1
ConsultarModificación al anexo 22.1.2
ConsultarModificación al anexo 24.2.2
ConsultarDic
16
Modificación a la disposición 5.1.3
ConsultarModificación a la disposición 5.3.1
ConsultarDerogación a la disposición 5.5.11
Modificación a la disposición 6.3.8
ConsultarModificación al anexo 5.1.5-a
ConsultarModificación al anexo 5.1.6-a
ConsultarAdición del anexo 5.3.1
ConsultarDerogación al anexo 5.5.11
Modificación del anexo 6.3.8
ConsultarSe modifica la relación de anexos
ConsultarNov
23
Modificación a las disposiciones 30.6.3, 30.6.5, 30.6.6
ConsultarModificación a las disposición 32.2.2
ConsultarModificación a las disposición 32.7.5
ConsultarModificación al anexo 30.6.4
ConsultarModificación al anexo 32.7.5
ConsultarOct
28
Oct
14
Modificación al anexo 34.1.21-b
ConsultarModificación al anexo 34.2.2-b
ConsultarOct
18
Modificación a la disposición 20.1.1
ConsultarNov
1
Modificación a la disposición Vigésima Séptima Transitoria
ConsultarSep
29
Modificación a la disposición 5.6.1
ConsultarModificación a las disposiciones 6.4.4, 6.4.5,6.4.11
ConsultarModificación a las disposiciones 6.8.2, 6.8.3
ConsultarModificación a la disposición 8.19.5
ConsultarModificación a la disposición 9.5.6
ConsultarSe modifican la relación de anexos
ConsultarSe adiciona la disposición Septuagésima Sexta Transitoria
ConsultarSe adiciona al anexo 5.6.1-C
ConsultarModificación al anexo 6.3.18
ConsultarModificación al anexo 6.4.11
ConsultarModificación al anexo 8.20.2
ConsultarSep
1
Modificación a la disposición 1.1.1
ConsultarModificación a la relación de documentación
ConsultarJul
19
Jun
28
Modificación a la disposición 36.1.1
ConsultarModificación a la disposición 36.2.2
ConsultarJun
24
Se adiciona la disposición Septuagésima Quinta Transitoria
ConsultarMay
31
Modificación a las disposiciones 5.4.1., 5.4.4.
ConsultarModificación a las disposición 5.11.6.
ConsultarSe adicionan las disposiciones Septuagésima Tercera y Septuagésima Cuarta Transitorias
ConsultarModificación al anexo 6.1.2
ConsultarModificación al anexo 6.10.6
ConsultarMay
23
Se adicionan las disposiciones Septuagésima Primera y Septuagésima Segunda Transitorias
ConsultarAbr
7
Modificación a las disposiciones 34.3.1, 34.3.2, 34.3.3 y 34.3.4
ConsultarMar
31
Modificación al anexo Anexo 32.9.10
ConsultarMar
31
Modificación al anexo Anexo 6.6.4-d
ConsultarMar
31
Modificación al anexo Anexo 5.15.3
ConsultarMar
7
Corrección a las disposiciones transitorias
ConsultarFeb
26
Feb
17
Feb
12
Ene
28
Se modifican anexos y disposiciones:
Modificación a las disposiciones 23.1.13., 23.1.14., 23.1.15
ConsultarModificación a la disposición 24.1.7
ConsultarModificación a la disposición 24.2.2
ConsultarModificación a la disposición Sexagésima Novena Transitoria
ConsultarSustitución del anexo 22.1.2.
ConsultarSustitución del anexo 22.5.1.
ConsultarSustitución del anexo 22.6.1.
ConsultarEne
21
Ene
21
Ene
8
Modificación a la disposición 6.10.2.
ConsultarModificación a la disposición 7.4.1.
ConsultarModificación a la disposición 38.1.1., 38.1.5. y 38.1.8.
ConsultarSe modifican las Disposiciones Transitorias Décima Segunda y Quincuagésima
ConsultarSe modifican la relación de anexos
ConsultarModificación al anexo 6.10.6
ConsultarModificación al anexo 38.1.5
ConsultarModificación al anexo 38.1.8
ConsultarEne
8
Se modifican documentación, anexos y disposiciones:
Modificación a la relación de documentación
ConsultarModificación a la disposición 5.1
ConsultarModificación a la disposición 5.3
ConsultarModificación a la disposición 5.4
ConsultarModificación a la disposición 6.2
ConsultarModificación a la disposición 6.3
ConsultarModificación a la disposición 6.4
ConsultarModificación a la disposición 6.5
ConsultarModificación a la disposición 6.7
ConsultarModificación a la disposición 6.8
ConsultarModificación a la disposición 8.2
ConsultarModificación al anexo 5.3.3-a
ConsultarModificación al anexo 5.5.11
ConsultarModificación al anexo 5.6.1-a
ConsultarModificación al anexo 6.3.3
ConsultarModificación al anexo 6.3.7
ConsultarModificación al anexo 6.3.8
ConsultarModificación al anexo 6.3.9
ConsultarModificación al anexo 6.3.18
ConsultarModificación al anexo 6.5.7
ConsultarModificación al anexo 6.7.8
ConsultarModificación al anexo 6.7.20
ConsultarEne
7
Dic
15
Dic
14
Modificación a la disposición 1.1.1
ConsultarModificación a la disposición 5.8.16
ConsultarModificación de la dispocición 8.23.6
ConsultarModificación de la dispocición 9.5.1
ConsultarModificación de la dispocición 32.2.4
ConsultarModificación de la dispocición 32.3.7
ConsultarModificación de la dispocición 38.1.8
ConsultarModificación de la dispocición 39.6.2
ConsultarSe modifican las Disposiciones Octava, segundo párrafo, y Quincuagésima Séptima, fracción I, y se adiciona una Sexagésima Novena, Transitorias de la Circular Única de Seguros y Fianzas
ConsultarModificación de las disposiciones A1.1.1.1., fracciones I, inciso b) numeral 4, y II, inciso r), numerales 8 al 21; e inciso s), numeral 3, del Anexo Transitorio 1
ConsultarModificación de las disposición A10.1.2.3 del Anexo Transitorio 10
ConsultarModificación al anexo 2.2.3-b
ConsultarModificación al anexo 14.2.1-c
ConsultarModificación al anexo 14.2.1-j
ConsultarModificación al anexo 15.3.3
ConsultarModificación al anexo 20.2.4
ConsultarModificación al anexo 22.1.2
ConsultarModificación al anexo 22.5.1
ConsultarModificación al anexo 22.6.1
ConsultarModificación al anexo 24.2.2
ConsultarModificación al anexo 29.3.3
ConsultarModificación al anexo 30.6.4
ConsultarModificación al anexo 30.6.6
ConsultarModificación al anexo 32.3.11
ConsultarModificación al anexo 32.9.4
ConsultarModificación al anexo 33.1.2
ConsultarModificación al anexo 33.2.13
ConsultarModificación al anexo 38.1.8
ConsultarDic
11
Dic
8
Modificación a la disposición 28.1
ConsultarModificación a la disposición 28.2.2
ConsultarModificación de la dispocición 39.1
ConsultarModificación de la dispocición 39.5
ConsultarAdición del anexo 39.5.16-a
ConsultarAdición del anexo 39.5.16-b
ConsultarAdición del anexo 39.5.16-c
ConsultarDic
1
Dic
1
Nov
26
Nov
3
Oct
21
Ago
31
Ago
25
Jul
29
Modificación de las disposiciones 4.10.2., 4.10.8. y 4.10.21 del capítulo 4.10
ConsultarJul
29
Modificación de las disposiciones 4.10.2., 4.10.8. y 4.10.21 del capítulo
ConsultarJul
29
Jul
17
Modificación de los Apéndices A4.2.12.1., A4.2.12.2 y A4.2.12.3 del Anexo del Anexo Transitorio 4
ConsultarJul
17
Modificación de los Apéndices A4.1.3.13-a., A4.1.3.13-b., A4.1.3.13-c. y A4.1.3.13-d del Anexo Transitorio 4
ConsultarJul
17
Jul
17
CAPÍTULO 8.2.
DE LOS ACTIVOS E INVERSIONES DE LAS INSTITUCIONES
Y SOCIEDADES MUTUALISTAS
Para los efectos de los artículos 118, 126, 127, 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 144, 152, 153, 154, 155, 156, 157, 158, 159, 247, 249, 251, 267 y 342, fracciones V, VI, VII, VIII, IX, X, XI y XII, de la LISF:
8.2.1.Las inversiones de las Instituciones y Sociedades Mutualistas deberán realizarse, gestionarse y controlarse, según corresponda, de conformidad con la política de inversión aprobada por su consejo de administración, así como con lo previsto en la LISF y en las presentes Disposiciones.
8.2.2.Con las limitaciones previstas en este Título, las Instituciones y Sociedades Mutualistas podrán efectuar inversiones en instrumentos negociados en el mercado financiero mexicano, así como, en su caso, en los mercados financieros regulados de los Países Elegibles señalados en el Anexo 8.2.2.
8.2.3.Con sujeción a lo previsto en las Disposiciones 8.2.1 y 8.2.2, las Instituciones podrán cubrir su Base de Inversión con los siguientes activos, valores o instrumentos negociados en el mercado financiero mexicano:
I.Instrumentos de deuda:
a)Emitidos o avalados por el Gobierno Federal, o
b)Emitidos por el Banco de México;
II.Instrumentos de deuda que sean objeto de oferta pública emitidos en el mercado mexicano de conformidad con la Ley del Mercado de Valores:
a)Instrumentos de deuda emitidos por las instituciones de banca de desarrollo;
b)Instrumentos de deuda y valores emitidos o respaldados por organismos descentralizados;
c)Instrumentos de deuda y valores emitidos por empresas de participación estatal mayoritaria o empresas productivas del Estado;
d)Instrumentos de deuda y valores emitidos por gobiernos estatales y municipales;
e)Instrumentos de deuda y valores emitidos por fideicomisos en los que el fideicomitente sea cualquiera de las entidades señaladas en los incisos a) a d) de esta fracción;
f)Instrumentos de deuda emitidos por organismos financieros internacionales de los que México sea parte;
g)Instrumentos de deuda emitidos o respaldados por instituciones de crédito, y
h) Instrumentos de deuda emitidos por entidades distintas a las señaladas en los incisos a) a g) de esta fracción;
III.Obligaciones:
a)Obligaciones convertibles en acciones de Sociedades Anónimas Bursátiles;
b)Obligaciones subordinadas no convertibles emitidas por instituciones de crédito, y
c)Las demás obligaciones subordinadas no convertibles que cumplan con los requisitos previstos en la Disposición 8.12.3;
IV.Instrumentos bursatilizados que cumplan con lo señalado en el Capítulo 8.13 de estas Disposiciones;
V.Títulos estructurados que cumplan con los requisitos previstos en el Capítulo 8.10 de estas Disposiciones, pudiendo ser:
a)Títulos estructurados de capital protegido, y
b)Títulos estructurados de capital no protegido;
VI.Valores de renta variable listados en la Bolsa Mexicana de Valores;
VII.Instrumentos estructurados y FIBRAS:
a) Certificados bursátiles fiduciarios de desarrollo;
b) Certificados bursátiles fiduciarios inmobiliarios;
c)Certificados bursátiles fiduciarios de proyectos de inversión, y
d)Certificados bursátiles fiduciarios de inversión en energía e infraestructura;
VIII.Fondos de inversión en instrumentos de deuda o Fondos de inversión de renta variable que, de acuerdo a su régimen de inversión, mantengan un porcentaje igual o superior al 80% de su portafolio en instrumentos de deuda;
IX.Fondos de inversión de renta variable que, de acuerdo a su régimen de inversión, mantengan un porcentaje inferior al 80% de su portafolio en instrumentos de deuda;
X.Fondos de inversión de capitales;
XI.Fondos de inversión de objeto limitado;
XII.Fondos de capital privado que tengan como propósito capitalizar a empresas mexicanas, autorizados conforme a lo previsto en la Disposición 8.6.2;
XIII.Fideicomisos que tengan como propósito capitalizar a empresas mexicanas, autorizados conforme a lo previsto en la Disposición 8.6.2;
XIV.Certificados bursátiles fiduciarios indizados, que confieren derechos sobre instrumentos de deuda;
XV.Certificados bursátiles fiduciarios indizados, que confieren derechos sobre los instrumentos de renta variable que en su conjunto repliquen un índice;
XVI.Certificados bursátiles fiduciarios indizados, que confieren derechos sobre instrumentos con exposición directa o a través del uso de derivados al precio del oro, la plata o platino, así como a los subyacentes enunciados en las Disposiciones del Banco de México en materia de operaciones derivadas, que tengan el carácter de bienes fungibles diferentes a las acciones, índices de precios sobre acciones, tasas, moneda nacional, divisas, UDI, préstamos y créditos;
XVII.Créditos con garantía prendaria de títulos o valores incluidos en los Créditos Comerciales, cuyo importe no exceda del ochenta por ciento del valor de la prenda, así como créditos con garantía quirografaria incluidos en los Créditos Comerciales;
XVIII.Créditos con garantía hipotecaria o fiduciaria sobre bienes inmuebles o inmovilizados ubicados en el territorio nacional incluidos en los Créditos a la Vivienda y en los Créditos Comerciales, cuyo importe no exceda del sesenta y seis por ciento del promedio de los valores físicos y de capitalización de rentas, según avalúos vigentes que practiquen instituciones de crédito o corredores públicos. El bien inmueble dado en garantía deberá, en todo momento, estar asegurado para cubrir el cien por ciento de su valor destructible y el acreditado deberá contar con un seguro de vida que cubra, cuando menos, el saldo insoluto del crédito;
XIX.Operaciones de reporto de valores, que cumplan con los requisitos previstos en el Capítulo 8.3 de las presentes Disposiciones;
XX.Operaciones de préstamo de valores susceptibles de cubrir la Base de Inversión, que cumplan con los requisitos previstos en el Capítulo 8.3 de las presentes Disposiciones;
XXI.Operaciones Financieras Derivadas, exclusivamente para fines de cobertura de los riesgos de las Instituciones de Seguros, que cumplan con los requisitos previstos en el Capítulo 8.4 de las presentes Disposiciones;
XXII.Depósitos en instituciones de crédito del país, siempre y cuando generen rendimientos;
XXIII.Inmuebles urbanos de productos regulares y sociedades inmobiliarias que sean propietarias o administradoras de bienes destinados a oficinas de las Instituciones.
El monto del valor máximo de un inmueble urbano de productos regulares que podrá considerarse como inversión para la cobertura de la Base de Inversión, será el que resulte de sumar al valor de adquisición el incremento por valuación del inmueble, disminuido por su depreciación acumulada, apegándose al procedimiento señalado en el Capítulo 8.5 de las presentes Disposiciones. También se considerarán aquellos inmuebles urbanos en construcción y los que, aun cuando sean empleados para uso propio de las Instituciones, consideren una renta imputada calculada con base en un avalúo de justipreciación de rentas que al efecto realice una institución de crédito o corredor público, el cual deberá actualizarse anualmente. Para efectos de renta imputada se considerará la cantidad que se señale como renta neta anual en el avalúo por capitalización de rentas.
Se considerará igualmente la inversión en sociedades inmobiliarias que sean propietarias o administradoras de bienes destinados a las oficinas de las Instituciones, siempre y cuando:
a) La Institución de que se trate sea propietaria de, cuando menos, el 99% de la sociedad inmobiliaria;
b) Que el objeto social de la sociedad inmobiliaria sea exclusivamente mantener la propiedad y administración de los bienes inmuebles urbanos destinados a oficinas de la Institución, y
c) Que los inmuebles urbanos que constituyan el activo de la sociedad, aun cuando sean empleados para uso de las Instituciones, consideren una renta imputada calculada con base en un avalúo de justipreciación de rentas que al efecto realice una institución de crédito o corredor público, el cual deberá actualizarse anualmente;
XXIV.Operaciones de descuento y redescuento que se celebren con instituciones de crédito, almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras, empresas de factoraje financiero, uniones de crédito y sociedades financieras de objeto múltiple reguladas o no reguladas, así como con fondos de fomento económico constituidos por el Gobierno Federal en instituciones de crédito. Los títulos motivo de la operación no podrán ser por operaciones realizadas con la propia Institución, y
XXV.Los siguientes activos:
a)En términos de lo previsto en el artículo 230 de la LISF, los Importes Recuperables de Reaseguro conforme a lo siguiente:
1)
Participación de Instituciones o Reaseguradores Extranjeros por riesgos en curso. El importe de la participación de Instituciones o Reaseguradores Extranjeros derivada de la reserva de riesgos en curso por las primas cedidas, correspondiente a las operaciones de vida, accidentes y enfermedades y de daños.
Para efectos del párrafo anterior, tratándose de la operación de vida, únicamente se deberán considerar los seguros señalados en el artículo 217, fracción I, inciso a), numeral 2, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
2)Participación de Instituciones o Reaseguradores Extranjeros por siniestros pendientes. El importe de lo recuperable a cargo de las Instituciones o de los Reaseguradores Extranjeros, por siniestros pendientes de pago a los asegurados o beneficiarios, y
3) Participación de Instituciones o Reaseguradores Extranjeros en la reserva de fianzas en vigor. El importe de la participación de Instituciones o Reaseguradores Extranjeros derivada de la reserva de fianzas en vigor por las primas cedidas;
b)Los que estén representados en las operaciones señaladas en los artículos 118, fracciones VI y VII, y 144, fracciones VI y VII, de la LISF, correspondientes a reservas técnicas;
c)Los intereses generados no exigibles;
d)Las primas por cobrar, que no tengan más de treinta días naturales de vencidas, una vez deducidos:
1)Los impuestos;
2)Los intereses por pagos fraccionados de primas;
3)Las comisiones o compensaciones por devengar a los agentes o personas morales que intervengan en la contratación respectiva, y
4)Los gastos de emisión;
e)Tratándose de Instituciones de Seguros, los préstamos con garantía de las reservas de riesgos en curso de las operaciones de vida a que se refiere la fracción I, inciso a), numeral 1, del artículo 217 de la LISF;
f)Tratándose de Instituciones autorizadas para operar fianzas, los deudores por responsabilidades de fianzas por reclamaciones pagadas, siempre que cuenten con las garantías de recuperación suficientes y comprobables y se apeguen a lo señalado en el Título 22 de estas Disposiciones;
g)Primas retenidas por Reaseguro o Reafianzamiento tomado. Las primas retenidas correspondientes a operaciones de Reaseguro o Reafianzamiento, que son administradas por las instituciones cedentes, del país o del extranjero, por las reservas técnicas constituidas;
h)Tratándose de Instituciones de Seguros que estén autorizadas para operar exclusivamente Reaseguro o Reafianzamiento, se considerará el saldo deudor de la cuenta por las operaciones de Reaseguro o Reafianzamiento tomado que practiquen, siempre y cuando los saldos estén respaldados por los estados de cuenta de las instituciones cedentes;
i)Tratándose de Instituciones de Seguros que estén autorizadas para operar exclusivamente Reaseguro o Reafianzamiento, se considerará el monto de los siniestros pagados de contado por cuenta de las Reaseguradoras Extranjeras retrocesionarias, siempre y cuando el financiamiento del pago de dichos siniestros no exceda de noventa días naturales de antigüedad, y
j)Adeudos a cargo de dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que correspondan a saldos vencidos que se encuentren respaldados por una licitación pública nacional a cargo de tales dependencias y entidades, así como de entidades federativas, que hayan celebrado, para efectos de la licitación, un convenio con el Ejecutivo Federal y que, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal se encuentren apoyadas presupuestalmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal que corresponda y, por lo tanto, exista un documento que ampare que el citado saldo representa un adeudo por parte del Gobierno Federal.
8.2.4.Con sujeción a lo previsto en las Disposiciones 8.2.1 y 8.2.2, las Instituciones podrán cubrir su Base de Inversión con los siguientes activos, valores o instrumentos negociados en los mercados financieros regulados de los Países Elegibles:
I.Instrumentos de deuda que sean objeto de oferta pública emitidos por gobiernos, bancos centrales o agencias gubernamentales de Países Elegibles, o bien por entidades que emitan valores bajo la regulación y supervisión de éstos;
II.Instrumentos de deuda emitidos por organismos financieros internacionales de los que México sea parte;
III.Valores de renta variable emitidos por empresas listadas en la Bolsa Mexicana de Valores y que se encuentren listados en bolsas de valores de Países Elegibles;
IV.Valores inscritos en el Sistema Internacional de Cotizaciones de la Bolsa Mexicana de Valores:
a)De deuda, y
b)De capital;
V.Sociedades de inversión en instrumentos de deuda y vehículos de deuda que cumplan con los requisitos previstos en el Capítulo 8.7 de estas Disposiciones;
VI.Sociedades de inversión en renta variable y vehículos que replican índices accionarios que cumplan con los requisitos previstos en el Capítulo 8.8 de estas Disposiciones.
VII.Vehículos de mercancías que cumplan con los requisitos previstos en el Capítulo 8.9 de estas Disposiciones;
VIII.Valores emitidos por fideicomisos o mecanismos similares en la jurisdicción correspondiente (referidas en algunas de dichas jurisdicciones como Real Estate Investment Trust o REITs), que se dediquen a la adquisición o construcción de bienes inmuebles que se destinen al arrendamiento o a la adquisición del derecho a percibir ingresos provenientes del arrendamiento de dichos bienes, así como a otorgar financiamiento para esos fines;
IX.Operaciones de préstamo de valores susceptibles de cubrir la Base de Inversión, llevadas a cabo con entidades financieras del exterior, que cumplan con los requisitos previstos en el Capítulo 8.3 de las presentes Disposiciones;
X.Operaciones Financieras Derivadas, exclusivamente para fines de cobertura de los riesgos de las Instituciones de Seguros, llevadas a cabo con intermediarios y entidades financieras del exterior, que cumplan con los requisitos previstos en el Capítulo 8.4 de las presentes Disposiciones, y
XI.Depósitos en entidades financieras del exterior que sean filiales de instituciones de crédito en el país, siempre y cuando generen rendimientos.
8.2.5.Las inversiones a que se refieren las, fracciones II, III, incisos b) y c), IV, V, inciso a), VIII y XIV de la Disposición 8.2.3, y fracciones I, II, IV, inciso a), y V de la Disposición 8.2.4, según resulte aplicable, deberán contar con al menos una calificación otorgada por una empresa calificadora especializada. De igual forma, deberán contar con al menos una calificación otorgada por una empresa calificadora especializada las contrapartes que participen en la operación de las inversiones a que se refieren las fracciones XIX, XX, XXII y XXIV de la Disposición 8.2.3, y las fracciones IX, X y XI, de la Disposición 8.2.4.
Las calificaciones a que se refiere el párrafo anterior no podrán ser inferiores a las señaladas en la Tabla 8.2.5:
Tabla 8.2.5.
Tipo de emisión |
Empresa calificadora especializada |
Calificación de calidad crediticia mínima |
Emisiones con vencimiento de hasta 1 año |
||
Inversiones en moneda nacional o contrapartes nacionales (Escala Nacional) |
A.M. Best |
AMB-2.MX |
DBRS Ratings México |
R-3.MX |
|
Fitch México |
F3 (mex) |
|
HR Ratings |
HR3 |
|
Moody’s |
MX-3 |
|
Standard & Poor’s |
mxA-3 |
|
Verum |
3/M |
|
Inversiones en moneda extranjera o contrapartes extranjeras (Escala Global) |
A.M. Best |
AMB-3 |
DBRS Ratings México |
R-4 |
|
Fitch México |
B |
|
HR Ratings |
HR4(G) |
|
Moody’s |
P-3 |
|
Standard & Poor’s |
B |
|
Verum |
no aplica |
|
Emisiones con vencimiento mayor a 1 año |
||
Inversiones en moneda nacional o contrapartes nacionales (Escala Nacional) |
A.M. Best |
bbb-.MX |
DBRS Ratings México |
BBB.MX (bajo) |
|
Fitch México |
BBB- (mex) |
|
HR Ratings |
HR BBB- |
|
Moody’s |
Baa3.mx |
|
Standard & Poor’s |
mxBBB- |
|
Verum |
BBB-/M |
|
Inversiones en moneda extranjera o contrapartes extranjeras (Escala Global) |
A.M. Best |
bb+ |
DBRS Ratings México |
BB(high) |
|
Fitch México |
BB+ |
|
HR Ratings |
HR BB+ (G) |
|
Moody’s |
Ba1 |
|
Standard & Poor’s |
BB+ |
|
Verum |
no aplica |
|
Tratándose de las calificaciones a las contrapartes que participen en la operación de las inversiones a que se refieren la fracción XXI de la Disposición 8.2.3, y las fracciones IX y X de la Disposición 8.2.4, se estará a lo que prevén los Capítulos 8.3 y 8.4 de las presentes Disposiciones.
8.2.6.Con sujeción a lo previsto en las Disposiciones 8.2.1 y 8.2.2, las Sociedades Mutualistas podrán cubrir su Base de Inversión exclusivamente con los activos e inversiones señalados en las fracciones I, II, VI, VIII, IX, XIV, XV, XVI, XIX, XXII, XXIII, XXIV y XXV de la Disposición 8.2.3, y las fracciones II, IV, V y XI de la Disposición 8.2.4.