CAPÍTULO 22.4.

DE LA INFORMACIÓN QUE LAS INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS

DEBERÁN PRESENTAR RESPECTO DE SUS ESTADOS FINANCIEROS

Y OTRA INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

Para los efectos de los artículos 296, 297, 298, 299, 300, 301, 302, 303 y 389 de la LISF:

22.4.1. Las Instituciones y Sociedades Mutualistas deberán presentar a la Comisión la información de sus estados financieros, así como de los conceptos que integran a los mismos.

La información a que se refiere esta Disposición se presentará como parte del Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (RR-7) a que se refiere el Capítulo 38.1 de las presentes Disposiciones.

22.4.2. Las Instituciones y Sociedades Mutualistas deberán determinar el procedimiento de prorrateo y registro de las operaciones de ingresos y egresos que no sean de asignación directa, el cual deberá ser autorizado por el director general de cada Institución o Sociedad Mutualista, de manera previa a su aplicación. 

El procedimiento señalado en el párrafo anterior deberá ser presentado a la Comisión a más tardar el 30 de noviembre de cada año, apegándose para ello a lo establecido en los Capítulos 39.1 y 39.3 de las presentes Disposiciones y a lo señalado en el Anexo 22.4.2. En caso de existir cambio o variación en los procedimientos aplicados, las Instituciones y Sociedades Mutualistas deberán informarlo a la Comisión en los plazos establecidos en el referido Anexo 22.4.2.

Acerca de

La CUSF electrónica surge ante la necesidad de presentar una forma interactiva de consultar la circular apoyándose de tecnologías vanguardistas.

Aviso

El presente documento constituye única y exclusivamente un instrumento de apoyo para la consulta y revisión de la Circular Única de Seguros y Fianzas, y de ninguna manera sustituye la versión publicada en el Diario Oficial de la Federación de la misma, así como de las diversas Circulares que modifican su contenido, toda vez que en términos de las legislaciones federales aplicables, tales disposiciones de carácter general, obligan y producen efectos jurídicos después de su publicación en el citado Diario.

LISF y CUSF Interactivas. Versión 1.6.69