ANEXO 14.2.1-k.

NOTA TÉCNICA PARA LA DETERMINACIÓN DEL MONTO CONSTITUTIVO A TRANSFERIR CONSIDERANDO EL CÁLCULO DEL BENEFICIO ADICIONAL PARA LOS SEGUROS DE INVALIDEZ Y VIDA,  DE RIESGOS DE TRABAJO Y RETIRO, CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ

Ley del Seguro Social

NOTA TECNICA PARA LAS PENSIONES DERIVADAS DEL SEGURO DE INVALIDEZ Y VIDA

Seguro de Invalidez y Vida

Índice

Sección 1

I.- Definiciones

II.- Generalidades y criterios operativos

Sección 2

Seguro de Vida

I.-  Beneficio Adicional Único

II.- Total a transferir

III.- Montos Constitutivos

Sección 3

Seguro de Invalidez

I.-  Beneficio Adicional Único

II.- Total a transferir

III.- Montos Constitutivos

Sección 1

I.- Definiciones

Tasa de interés técnico.

Probabilidad de que un individuo de edad alcance la edad .

Probabilidad de que un individuo inválido de edad, permanezca como tal hasta alcanzar la edad .

Probabilidad de invalidarse entre las edades y .

Ultima edad de la tabla de mortalidad.

Edad del inválido.

Edad del cónyuge.

Edad de los hijos en orden ascendente.

Número de hijos.

Número de ascendientes que dependen económicamente del asegurado o pensionado.

Número de padres que dependen económicamente del asegurado o pensionado, donde:

Edad de los ascendientes.

Pensión Mínima Garantizada a la fecha de proceso del Monto Constitutivo.

Ayudas Asistenciales.

Prima básica del seguro de vida calculada a tasa de subasta.

Prima básica del seguro de invalidez calculada a tasa de subasta.

Prima básica del seguro de sobrevivencia calculada a tasa de subasta.

Prima básica del seguro de invalidez para hijos del Seguro de Vida calculada a tasa de subasta.

Prima básica del seguro de invalidez para hijos del Seguro de Invalidez calculada a tasa de subasta.

Prima básica del seguro de invalidez para hijos del Seguro de Sobrevivencia calculada a tasa de subasta.

Porcentaje para margen de seguridad.

Factor de actualización de la cuantía básica por inflación, calculado según la metodología correspondiente.

Monto constitutivo del seguro de vida a la tasa , determinado con base en la “Nota Técnica para las pensiones derivadas del seguro de Invalidez y Vida”.

Monto Constitutivo del seguro de invalidez a la tasa , determinado con base en la “Nota Técnica para las pensiones derivadas del seguro de Invalidez y Vida”.

Monto Constitutivo del seguro de sobrevivencia a la tasa , determinado con base la “Nota Técnica para las pensiones derivadas del seguro de Invalidez y Vida”.

Tasa de la postura de la institución de seguros de pensiones.

Beneficio Adicional Único

El Beneficio Adicional Único será pagadero en una sola exhibición al pensionado que haya seleccionado la mejor oferta, junto con su pensión básica.

Proporción del margen, destinada para beneficios adicionales

Edad que se utiliza en el caso en el que el padre o la madre de un asignatario hijo o huérfano no tiene derecho a recibir pensión.

Si es cónyuge de sexo femenino sin derecho entonces

- El valor corresponde a la edad del asegurado menos 5 años.

Si es cónyuge de sexo masculino sin derecho entonces

- El valor corresponde a la edad de la asegurada más 5 años.

Probabilidad[1] de que un hijo o huérfano de edad , mantenga su derecho como beneficiario hasta alcanzar la edad.

Bases biométricas para determinar la Cota Máxima del Monto Constitutivo.

Bases biométricas de la postura de la institución de seguros de pensiones.

Decrementos Múltiples

Sean

la probabilidad de que un hijo o huérfano de edad pierda su derecho entre la edad y .

    Probabilidad de que un individuo de edad muera entre las edades y , considerando mejoras en la esperanza de vida (tabla de activos dinámica o “diagonal”)

Probabilidad de que un individuo de edad deje de estudiar entre las edades y

  Probabilidad ajustada de que un individuo de edad muera entre las edades y

  Probabilidad ajustada de que un individuo de edad deje de estudiar entre las edades x y  

Y

                     

       

II. Generalidades y Criterios Operativos

Para efectos de la presente metodología se entenderá por:

  • IMSS, el Instituto Mexicano del Seguro Social.
  • LSS, la Ley del Seguro Social.
  • Reglas de Operación: Reglas de Operación para los Seguros de Pensiones, Derivados de las Leyes de Seguridad Social de fecha 6 de agosto de 2009, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 12 de agosto de 2009.
  • Pensionados, las personas que se hacen acreedoras a una pensión en virtud de los derechos adquiridos de conformidad con la LSS.
  • Pensión, la renta que las instituciones de seguros se obligan a pagar periódicamente a los asegurados pensionados, de conformidad con la resolución emitida por el IMSS que incluye, en su caso, cuantía básica, asignaciones familiares, ayudas asistenciales y aguinaldo.
  • Titular de la Pensión: El pensionado(a) por invalidez o incapacidad, el viudo(a), ascendiente(s) o huérfano(s) en el caso de pensiones por fallecimiento.
  • Beneficiario: Cada una de las personas que aparecen bajo el rubro de “beneficiarios legales” en el documento de resolución emitido por el IMSS (cónyuge o viuda(o), hijo(s) o huérfano(s), ascendiente(s)), con derecho al beneficio.
  • Integrante del Grupo Familiar: Tanto el titular de la pensión como cada uno de los beneficiarios legales.
  • INPC, el Indice Nacional de Precios al Consumidor que publica mensualmente el Banco de México.
  • Reservas técnicas, las reservas que deberán constituir e incrementar las instituciones de seguros autorizadas a practicar los seguros de pensiones que se refieren la presente Metodología.

Beneficio Adicional

Consiste en realizar un pago único al pensionado que haya elegido la mejor oferta junto con la primera mensualidad de pensión.

Sección 2

SEGURO DE VIDA

I.-  Beneficio Adicional Único

Sea

Donde son los precios ofrecidos por las n instituciones de seguros, es el precio máximo y es el precio mínimo.

Si la aseguradora elegida por el pensionado fue la que ofreció el MCSVmin:

Si la aseguradora elegida por el pensionado no fue la que ofreció el MCSVmin:

II.- Total a transferir

Total a transferir =

      III.- Montos Constitutivos

La metodología para la obtención de los Montos Constitutivos, se encuentra establecida en las Notas Técnicas para la determinación del Monto Constitutivo para las pensiones derivadas de los seguros de invalidez y vida, riesgos de trabajo y retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

Sección 3

SEGURO DE INVALIDEZ

I.-  Beneficio Adicional Único

Sea

Donde son los precios ofrecidos por las n instituciones de seguros, es el precio máximo y es el precio mínimo.

Si la aseguradora elegida por el pensionado fue la que ofreció el MCSImin:

Si la aseguradora elegida por el pensionado no fue la que ofreció el MCSImin:

II.- Total a transferir

Total a transferir =

III.- Montos Constitutivos

La metodología para la obtención de los Montos Constitutivos, se encuentra establecida en las Notas Técnicas para la determinación del Monto Constitutivo para las pensiones derivadas de los seguros de invalidez y vida, riesgos de trabajo y retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

NOTA TECNICA PARA LAS PENSIONES DERIVADAS DEL
SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO

Riesgos de Trabajo

Indice

Sección 1

Definiciones

Sección 2

Seguro de Vida

I.-  Beneficio Adicional Único

II.- Total a transferir

III.- Montos Constitutivos

Sección 3

Seguro de Incapacidad y Sobrevivencia

I.-  Beneficio Adicional Único

II.- Total a transferir

III.- Montos Constitutivos

Sección 1

Definiciones

Tasa de interés técnico.

Probabilidad de que un individuo de edad alcance la edad .

Probabilidad de que un individuo incapacitado de edad , permanezca como tal hasta alcanzar la edad .

Probabilidad de que un hijo inválido de edad , permanezca como tal hasta alcanzar la edad .

Probabilidad de invalidarse entre las edades y .

ω

Ultima edad de la tabla de mortalidad.

Edad del incapacitado.

Edad del cónyuge.

Edad de los hijos en orden ascendente.

Número de hijos.

Número de ascendientes que dependen económicamente del asegurado o pensionado.

Edad de los ascendientes.

Pensión Mínima Garantizada a la fecha de proceso del Monto Constitutivo.

Sueldo pensionable para el cálculo de la pensión mensual del inválido por invalidez y vida de acuerdo a la Ley del Seguro Social, según metodología de Factores de Actualización de los Montos Constitutivos.

Sueldo pensionable para el cálculo de la pensión mensual del incapacitado por riesgos de trabajo de acuerdo a la Ley del Seguro Social, según metodología de Factores de Actualización de los Montos Constitutivos.

Ayudas asistenciales.

Asignaciones familiares.

Porcentaje de incapacidad parcial.

Cuantía básica para el cálculo de la pensión mensual del inválido de acuerdo a la Ley del Seguro Social.

Cuantía básica para el cálculo de la pensión mensual del incapacitado por riesgos de trabajo de acuerdo a la Ley del Seguro Social.

Donde:

Beneficio de la viuda (en porcentaje de la cuantía básica del incapacitado por riesgos de trabajo).

Prima básica del seguro de vida calculada a tasa de subasta.

Prima básica del seguro de incapacidad calculada a tasa de subasta.

Prima básica del seguro de sobrevivencia calculada a tasa de subasta.

Prima básica del seguro de invalidez para hijos del Seguro de Vida calculada a tasa de subasta.

Prima básica del seguro de invalidez para hijos del Seguro de Sobrevivencia calculada a tasa de subasta.

Porcentaje para margen de seguridad.

Factor de actualización de la cuantía básica por inflación, calculado según la metodología correspondiente.

Monto constitutivo del seguro de vida a la tasa , determinado con base en la “Nota Técnica para las pensiones derivadas del seguro de Riesgos de Trabajo”.

Monto Constitutivo del seguro de Incapacidad a la tasa , determinado con base en la “Nota Técnica para las pensiones derivadas del seguro de Riesgos de Trabajo”.

Monto Constitutivo del seguro de sobrevivencia a la tasa , determinado con base en la “Nota Técnica para las pensiones derivadas del seguro de Riesgos de Trabajo”.

Tasa de la postura de la institución de seguros de pensiones.

Beneficio Adicional Único

El Beneficio Adicional Único será pagadero en una sola exhibición al pensionado que haya seleccionado la mejor oferta, junto con su pensión básica.

Proporción del margen, destinada para beneficios adicionales

Probabilidad[1] de que un hijo o huérfano de edad , mantenga su derecho como beneficiario hasta alcanzar la edad .

Edad que se utiliza en el caso en el que el padre o la madre de un asignatario hijo o huérfano no tiene derecho a recibir pensión.

Si es cónyuge de sexo femenino sin derecho entonces

- El valor corresponde a la edad del asegurado menos 5 años.

Si es cónyuge de sexo masculino sin derecho entonces

- El valor corresponde a la edad de la asegurada más 5 años.

Bases biométricas para determinar la Cota Máxima del Monto Constitutivo.

Bases biométricas de la postura de la institución de seguros de pensiones.

Decrementos Múltiples

Sean

la probabilidad de que un hijo o huérfano de edad pierda su derecho entre la edad y .

Probabilidad de que un individuo de edad muera entre las edades y , considerando mejoras en la esperanza de vida (tabla de activos dinámica o “diagonal”)

Probabilidad de que un individuo de edad deje de estudiar entre las edades y

Probabilidad ajustada de que un individuo de edad muera entre las edades y

Probabilidad ajustada de que un individuo de edad deje de estudiar entre las edades y

 

Y

                     

       

Sección 2

Seguro de Vida

I.-  Beneficio Adicional Único

Sea

Donde son los precios ofrecidos por las n instituciones de seguros, es el precio máximo y es el precio mínimo.

Si la aseguradora elegida por el pensionado fue la que ofreció el MCSVmin:

Si la aseguradora elegida por el pensionado no fue la que ofreció el MCSVmin:

II.- Total a transferir

Total a transferir =

      III.- Montos Constitutivos

La metodología para la obtención de los Montos Constitutivos, se encuentra establecida en las Notas Técnicas para la determinación del Monto Constitutivo para las pensiones derivadas de los seguros de invalidez y vida, riesgos de trabajo y retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

Sección 3

SEGURO DE INCAPACIDAD Y SOBREVIVENCIA

I.-  Beneficio Adicional Único

Sea

Donde son los precios ofrecidos por las n instituciones de seguros, es el precio máximo y es el precio mínimo.

Si la aseguradora elegida por el pensionado fue la que ofreció el MCSImin:

Si la aseguradora elegida por el pensionado no fue la que ofreció el MCSImin:

II.- Total a transferir

Total a transferir =

III.- Montos Constitutivos

La metodología para la obtención de los Montos Constitutivos, se encuentra establecida en las Notas Técnicas para la determinación del Monto Constitutivo para las pensiones derivadas de los seguros de invalidez y vida, riesgos de trabajo y retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

NOTA TECNICA PARA LAS PENSIONES DERIVADAS DEL SEGURO DE RETIRO, CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ

Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez

Indice

Sección 1

Definiciones

Sección 2

I.- Beneficio Adicional Único

II.- Total a Transferir

III.- Montos Constitutivos

Sección 3

I.- Monto Constitutivo del Seguro de Retiro

II.- Monto Constitutivo del seguro de Cesantía en edad avanzada o Vejez

III.- Monto Constitutivo en caso de cambio de Retiro Programado a Seguro de Cesantía en edad avanzada y Vejez

IV.- Monto Constitutivo del Seguro de Sobrevivencia en caso de Retiro Programado

I.-  Beneficio Adicional Único

II.- Total a transferir

III.- Primas

Sección 1

Definiciones

Tasa de interés técnico.

Probabilidad de que un individuo de edad alcance la edad .

Probabilidad de que un individuo inválido de edad , permanezca como tal hasta alcanzar la edad .

Ultima edad de la tabla de mortalidad.

Edad del pensionado.

Edad del cónyuge.

Edad que se utiliza en el caso en el que el padre o la madre de un asignatario hijo o huérfano no tiene derecho a recibir pensión.

Si es cónyuge de sexo femenino sin derecho entonces

  • El valor corresponde a la edad del asegurado menos 5 años.

Si es cónyuge de sexo masculino sin derecho entonces

  • El valor corresponde a la edad de la asegurada más 5 años.

Edad de los hijos en orden ascendente.

Edad del hijo menor de los huérfanos

Número de hijos.

Número de ascendientes que dependían económicamente del asegurado o pensionado.

Edad de los ascendientes.

Monto de los pagos prescritos a la fecha de proceso

Monto de los pagos vencidos no prescritos a la fecha de proceso.

Prima Básica de la pensión derivada del artículo 172-A LSS calculada a tasa de subasta.

Monto Constitutivo de Prima Básica de la pensión derivada del artículo 172-A LSS calculada a tasa .

Prima Básica del seguro de sobrevivencia calculada a tasa .

Prima del seguro de invalidez para hijos del Seguro de Sobrevivencia calculada
a tasa .

Monto constitutivo del seguro de sobrevivencia calculado a tasa .

Prima Básica del seguro de retiro calculada a tasa .

Prima neta del seguro de retiro calculada a tasa .

Monto constitutivo del seguro de Retiro. Calculado a tasa .

Prima neta del seguro de cesantía en edad avanzada o vejez calculada a tasa .

Monto constitutivo del seguro de cesantía en edad avanzada o vejez calculado a tasa .

Prima neta en caso de cambio de retiro programado a seguro de cesantía en edad avanzada o vejez calculado a tasa .

Monto constitutivo en caso de cambio de retiro programado a seguro de cesantía en edad avanzada o vejez calculado a tasa .

Porcentaje para margen de seguridad.

Pensión Mínima Garantizada a la fecha de inicio de derechos

Pensión Mínima Garantizada a la fecha la determinación de la renta

Fecha de proceso (año/mes/día)

Indice Nacional de Precios al Consumidor al mes del año .

Valor de la Unidad de Inversión del último día del mes del año

Para efectos de RCV será el factor de actualización de la renta vitalicia por inflación.

Factor de estimación de la Inflación del mes de proceso

Factor mensual por concepto de pagos prescritos a la fecha de cálculo, para los seguros de RCV correspondientes al pensionado.

Factor mensual por concepto de pagos vencidos a la fecha de cálculo, para los seguros de RCV correspondientes al pensionado.

Factor mensual por concepto de pagos prescritos a la fecha de cálculo, para los seguros de RCV correspondientes a los asignatarios, así como ayudas asistenciales y aguinaldo del pensionado.

Factor mensual por concepto de pagos vencidos a la fecha de cálculo, para los seguros de RCV correspondientes a los asignatarios, así como ayudas asistenciales y aguinaldo del pensionado.

Proporción del margen, destinada para beneficios adicionales

Beneficio Adicional Único.

El Beneficio Adicional Único será pagadero en una sola exhibición al pensionado que haya seleccionado la mejor oferta, junto con su pensión básica.

Probabilidad[1] de que un hijo o huérfano de edad , mantenga su derecho como beneficiario hasta alcanzar la edad .

Prima del Seguro de invalidez para huérfanos de la pensión derivada del Artículo 172-A de la Ley del Seguro Social.

Bases biométricas para determinar la Cota Máxima del Monto Constitutivo.

Bases biométricas de la postura de la institución de seguros de pensiones.

Probabilidad de invalidarse entre las edades y .

Decrementos Múltiples

Sean

Probabilidad de que un hijo o huérfano de edad pierda su derecho entre la edad y

   Probabilidad de que un individuo de edad muera entre las edades y , considerando mejoras en la esperanza de vida (tabla de activos dinámica o “diagonal”).

    Probabilidad de que un individuo de edad deje de estudiar entre las edades y .

Probabilidad ajustada de que un individuo de edad muera entre las edades y .

  Probabilidad ajustada de que un individuo de edad deje de estudiar entre las edades y .

Y

Sección 2

SEGURO DE RETIRO, CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ

Pensión derivada del artículo 172-A de la Ley del Seguro Social

I.-  Beneficio Adicional Único

Sea

Donde son los precios ofrecidos por las n instituciones de seguros, es el precio máximo y es el precio mínimo.

Si la aseguradora elegida por el pensionado fue la que ofreció el MCSVmin:

Si la aseguradora elegida por el pensionado no fue la que ofreció el MCSVmin:

II.- Total a transferir

Total a transferir =

III.- Montos Constitutivos

La metodología para la obtención de los Montos Constitutivos, se encuentra establecida en las Notas Técnicas para la determinación del Monto Constitutivo para las pensiones derivadas de los seguros de invalidez y vida, riesgos de trabajo y retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

Sección 3

I.- Monto Constitutivo del Seguro de Retiro

I) Determinación de la renta

Para   y base biométrica:

II) Monto Constitutivo a transferir

Para y base biométrica :

Entonces: PV=0 y PP=0

Total a transferir =

En caso de elegir la pensión máxima

Para y base biométrica :

Si 

Entonces: y

El Monto Constitutivo Total a transferir en caso de elegir la pensión máxima :

III) Primas

La metodología para la determinación de las primas se encuentra establecida en las Notas Técnicas para la determinación del monto constitutivo para las pensiones derivadas de los seguros de invalidez y vida, riesgos de trabajo y retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

II.- Monto Constitutivo del Seguro de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez

I) Determinación de la renta

Para y base biométrica :

II) Monto Constitutivo a transferir

Para  y base biométrica :

Si PNSCV=0

Entonces: PV=0 y PP=0

El total a transferir:

III) Primas

La metodología para la determinación de las primas se encuentra establecida en las Notas Técnicas para la determinación del monto constitutivo para las pensiones derivadas de los seguros de invalidez y vida, riesgos de trabajo y retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

III.- Monto Constitutivo en caso de cambio de Retiro Programado a Seguro de Cesantía en edad avanzada y Vejez

I) Determinación de la renta

Para y base biométrica :

II) Monto Constitutivo a transferir

Para y base biométrica :

Si

Entonces: y

El total a transferir:

III) Primas

La metodología para la determinación de las primas se encuentra establecida en las Notas Técnicas para la determinación del monto constitutivo para las pensiones derivadas de los seguros de invalidez y vida, riesgos de trabajo y retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

IV.- Monto Constitutivo del Seguro de Sobrevivencia en caso de Retiro Programado

I.-  Beneficio Adicional Único

Sea

Donde son los precios ofrecidos por las n instituciones de seguros, es el precio máximo y es el precio mínimo.

Si la aseguradora elegida por el pensionado fue la que ofreció el MCSSmin:

Si la aseguradora elegida por el pensionado no fue la que ofreció el MCSSmin:

II.- Total a transferir

Total a transferir =

III.- Primas

La metodología para la determinación de las primas se encuentra establecida en las Notas Técnicas para la determinación del monto constitutivo para las pensiones derivadas de los seguros de invalidez y vida, riesgos de trabajo y retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

METODOLOGIA DEL EXCEDENTE DE LA CUENTA INDIVIDUAL PARA LAS PENSIONES DERIVADAS DE LOS SEGUROS DE INVALIDEZ Y VIDA RIESGOS DE TRABAJO RETIRO, CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ

Excedente de la Cuenta Individual

Indice

Sección 1

I. Definiciones

Sección 2

Seguro de Invalidez y Vida

I.- Excedente del Seguro de Vida

II.- Excedente del Seguro de Invalidez y Seguro de Sobrevivencia

Sección 3

Seguro de Riesgos de Trabajo

I.- Excedente del Seguro de Vida

II.- Excedente del Seguro de Incapacidad y Seguro de Sobrevivencia

Sección 4

Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez

I.- Excedente del Seguro de Retiro

II.-Excedente del Seguro de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez

Sección 1

I.- Definiciones

Del ramo de Invalidez y Vida.

Prima neta del seguro de vida, calculada a tasa .

Prima neta seguro de invalidez, calculada a tasa .

Prima neta seguro de sobrevivencia, calculada a tasa .

Monto Constitutivo del Seguro de Vida, calculado a tasa .

Monto Constitutivo del Seguro de Invalidez, calculado a tasa .

Monto Constitutivo del Seguro de Sobrevivencia, calculado a tasa .

Excedente de la cuenta individual destinado para incrementar la pensión del Seguro de Vida, calculado a tasa .

Excedente de la cuenta individual destinado para incrementar la pensión del seguro de Invalidez o el Seguro de Sobrevivencia, calculado a tasa .

Factor del incremento del Seguro de Vida por excedente a la cuenta individual, aplicable a la pensión básica.

Factor del incremento del Seguro de Invalidez o Seguro de Sobrevivencia por excedente, aplicable a la pensión básica.

Del ramo de Riesgos de Trabajo.

PNSVj

Prima Neta del Seguro de Vida, calculada a tasa .

PNSIj

Prima Neta Seguro de Incapacidad, calculada a tasa .

PNSSj

Prima Neta Seguro de Sobrevivencia, calculada a tasa .

Monto Constitutivo del Seguro de Vida, calculado a tasa .

Monto Constitutivo del Seguro de Incapacidad, calculado a tasa .

Monto Constitutivo del Seguro de Sobrevivencia, calculado a tasa .

Excedente de la cuenta individual destinado para incrementar la pensión del Seguro de Vida, calculado a tasa .

Excedente de la cuenta individual destinado para incrementar la pensión del seguro de Incapacidad o del Seguro de Sobrevivencia, calculado a tasa .

Factor del incremento del Seguro de Vida por excedente, aplicable a la pensión básica.

Factor del incremento del Seguro de Incapacidad o Seguro de Sobrevivencia por excedente, aplicable a la pensión básica.

Del ramo de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.

   Prima Neta Seguro de Retiro, calculada a tasa y con la renta r que           corresponde a

Prima Neta Seguro de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, calculada a tasa .

Prima neta Seguro de Sobrevivencia, calculada a tasa .

Monto Constitutivo del Seguro de Retiro, calculado a tasa y con la renta que corresponde a .                                         

Monto Constitutivo de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, calculado a tasa .

ExcSRts

Excedente de la cuenta individual o aportaciones voluntarias destinados para incrementar la pensión del Seguro de Retiro, calculado a tasa y con la renta que corresponde a .

ExcSCVts

Excedente de la cuenta individual o aportaciones voluntarias destinados para incrementar la pensión del Seguro de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, calculado a tasa .

FcExcSR

Factor del incremento del Seguro de Retiro por excedente o aportaciones voluntarias, aplicable a la pensión básica y con la renta que corresponde a 

FcExcSCV

Factor del incremento del Seguro de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez por excedente o aportaciones voluntarias, aplicable a la pensión básica.

Definiciones que aplican a todos los ramos

Cuenta Individual del trabajador con aportaciones voluntarias.

Tasa de la postura de la institución de seguros de pensiones.

Tasa para el cálculo del excedente.

Nota: la Base biométrica para el cálculo de estos excedentes será:

Bases biométricas de la postura de la institución de seguros de pensiones.

Sección 2

Seguro de Invalidez y Vida

I. Excedente del Seguro de Vida

Pensión máxima:

Pensión máxima =

II.- Excedente del Seguro de Invalidez y Seguro de Sobrevivencia

Opción 1

Opción 2

Opción 3

Pensión máxima:

Pensión máxima =

Sección 3

Seguro de Riesgos de Trabajo

I. Excedente del Seguro de Vida

Pensión máxima:

Pensión máxima =

II.- Excedente del Seguro de Incapacidad y Seguro de Sobrevivencia

Opción 1

Opción 2

Opción 3

Pensión máxima:

Pensión máxima =

Sección 4

Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez

I.- Excedente del Seguro de Retiro

Pensión máxima:

Pensión máxima =

II.- Excedente del Seguro de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez

Pensión máxima:

Pensión máxima =


[1] Decrementos Múltiples. Para efectos de la transferencia de recursos, el derecho de los hijos estará en función de la probabilidad de que un hijo o huérfano mantenga su derecho como beneficiario. Considera la probabilidad conjunta de fallecimiento y la deserción escolar.

[1] Decrementos Múltiples. Para efectos de la transferencia de recursos, el derecho de los hijos estará en función de la probabilidad de que un hijo o huérfano mantenga su derecho como beneficiario. Considera la probabilidad conjunta de fallecimiento y la deserción escolar.

[1] Decrementos Múltiples. Para efectos de la transferencia de recursos, el derecho de los hijos estará en función de la probabilidad de que un hijo o huérfano mantenga su derecho como beneficiario. Considera la probabilidad conjunta de fallecimiento y la deserción escolar.

Acerca de

La CUSF electrónica surge ante la necesidad de presentar una forma interactiva de consultar la circular apoyándose de tecnologías vanguardistas.

Aviso

El presente documento constituye única y exclusivamente un instrumento de apoyo para la consulta y revisión de la Circular Única de Seguros y Fianzas, y de ninguna manera sustituye la versión publicada en el Diario Oficial de la Federación de la misma, así como de las diversas Circulares que modifican su contenido, toda vez que en términos de las legislaciones federales aplicables, tales disposiciones de carácter general, obligan y producen efectos jurídicos después de su publicación en el citado Diario.

LISF y CUSF Interactivas. Versión 1.6.69