CAPÍTULO 40.3.

DE LA INFORMACIÓN SOBRE LA APLICACIÓN DE LOS PROGRAMAS DEL SUBSIDIO A LA PRIMA DEL SEGURO AGROPECUARIO Y DE APOYO A LOS FONDOS DE ASEGURAMIENTO AGROPECUARIO

 

Para los efectos de los artículos 30 y 31 de la LISF, 52 y 93 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural:

 

40.3.1.En lo que se refiere al Programa del Subsidio a la Prima del Seguro Agropecuario y del Programa de Apoyo a los Fondos de Aseguramiento Agropecuario:

 

  1. Los Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural deberán remitir la siguiente información:

 

a)         La solicitud y asignación de recursos del Programa del Subsidio a la Prima del Seguro Agropecuario y del Programa de Apoyo a los Fondos de Aseguramiento Agropecuario, y

 

b)        La información relativa a la integración de las cuentas contables correspondientes a la recepción y aplicación de los recursos provenientes del Programa del Subsidio a la Prima del Seguro Agropecuario y del Programa de Apoyo a los Fondos de Aseguramiento Agropecuario, conforme al catálogo de cuentas a que hace referencia el Capítulo 22.6. de estas Disposiciones;

 

  1. Los Organismos Integradores deberán remitir el reporte de solicitud y asignación de recursos del Programa de Apoyo a los Fondos de Aseguramiento Agropecuario;

 

  1. Agroasemex, S.A., en su carácter de operadora, administradora y ejecutora del Programa del Subsidio a la Prima del Seguro Agropecuario y del Programa de Apoyo a los Fondos de Aseguramiento Agropecuario, deberá remitir el reporte de solicitud y asignación de recursos correspondiente a cada uno de dichos programas, y

 

  1. Las Instituciones de Seguros deberán remitir, en su caso, el reporte de solicitud y asignación de recursos del Programa del Subsidio a la Prima del Seguro Agropecuario.

 

40.3.2.La información a que hace referencia la Disposición 40.3.1., deberá ser presentada a la Comisión como parte del Reporte Regulatorio sobre Fondos de Aseguramiento (RR-13), en términos de lo previsto en el Capítulo 38.1. de estas Disposiciones.

 

Acerca de

La CUSF electrónica surge ante la necesidad de presentar una forma interactiva de consultar la circular apoyándose de tecnologías vanguardistas.

Aviso

El presente documento constituye única y exclusivamente un instrumento de apoyo para la consulta y revisión de la Circular Única de Seguros y Fianzas, y de ninguna manera sustituye la versión publicada en el Diario Oficial de la Federación de la misma, así como de las diversas Circulares que modifican su contenido, toda vez que en términos de las legislaciones federales aplicables, tales disposiciones de carácter general, obligan y producen efectos jurídicos después de su publicación en el citado Diario.

LISF y CUSF Interactivas. Versión 1.6.69