ANEXO 23.1.15.

ESTRUCTURA PARA LA PRESENTACIÓN DEL INFORME LARGO E INFORMES SOBRE INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS BÁSICOS CONSOLIDADOS ANUALES

Las Instituciones y Sociedades Mutualistas, deberá enviar el informe largo (INLA) que acompaña a los estados financieros básicos consolidados anuales auditados, a que se refiere el producto RR7EFIA2, establecido en el Anexo 38.1.8 RR-7, conforme a la siguiente estructura:

1.Resumen Ejecutivo, comentando las principales variaciones en las cifras de los estados financieros básicos consolidados anuales;

2.El informe de auditoría sobre lo siguiente:

2.1Comprobación de inversiones.

2.2Inversiones en Inmuebles.

2.3Bancos, Cuentas de Cheques.

2.4Préstamos.

2.5Otras Cuentas por Cobrar.

2.6Reafianzamiento.

2.7Requerimiento de Capital de Solvencia.

2.8Capital Mínimo Pagado.

2.9Impuestos Diferidos.

2.10Beneficios a los Empleados.

2.11Otros Informes.

2.12.Tratándose de Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas, deberán contener la siguiente información:

2.12.1Primas Pendientes de Cobro.

2.12.2Reaseguro.

2.12.3Otros Informes.

2.13Tratándose de Instituciones autorizadas para operar fianzas, deberán contener la siguiente información:

2.13.1Primas Pendientes de Cobro.

2.13.2Deudores por Responsabilidades de Fianzas.

2.13.3Acreedores por Responsabilidades de Fianzas por pasivos constituidos.

2.13.4Reservas Técnicas.

2.13.5Reclamaciones Recibidas, Cuentas de Orden.

2.13.6Otros Informes.

Acerca de

La CUSF electrónica surge ante la necesidad de presentar una forma interactiva de consultar la circular apoyándose de tecnologías vanguardistas.

Aviso

El presente documento constituye única y exclusivamente un instrumento de apoyo para la consulta y revisión de la Circular Única de Seguros y Fianzas, y de ninguna manera sustituye la versión publicada en el Diario Oficial de la Federación de la misma, así como de las diversas Circulares que modifican su contenido, toda vez que en términos de las legislaciones federales aplicables, tales disposiciones de carácter general, obligan y producen efectos jurídicos después de su publicación en el citado Diario.

LISF y CUSF Interactivas. Versión 1.6.69