CAPÍTULO 13.3.

 

DEL PERÍODO VACACIONAL DEL PERSONAL DE LA COMISIÓN

 

Para los efectos del artículo 48 del Reglamento Interior de la Comisión:

 

13.3.1.Con motivo del período vacacional del personal de la Comisión, se considerarán inhábiles para todos los efectos legales los días que se señalan en el Anexo 13.3.1., excepto en el caso de habilitación de días para la práctica de visitas de inspección.

 

Acerca de

La CUSF electrónica surge ante la necesidad de presentar una forma interactiva de consultar la circular apoyándose de tecnologías vanguardistas.

Aviso

El presente documento constituye única y exclusivamente un instrumento de apoyo para la consulta y revisión de la Circular Única de Seguros y Fianzas, y de ninguna manera sustituye la versión publicada en el Diario Oficial de la Federación de la misma, así como de las diversas Circulares que modifican su contenido, toda vez que en términos de las legislaciones federales aplicables, tales disposiciones de carácter general, obligan y producen efectos jurídicos después de su publicación en el citado Diario.

LISF y CUSF Interactivas. Versión 1.6.69