CAPÍTULO 13.4.

DE LOS DIAS INHABILES POR SITUACIONES DE CONTINGENCIA

Para los efectos del artículo 48 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas :

13.4.1.Con el fin de evitar afectaciones a las Instituciones y Sociedades Mutualistas, y demás personas sujetas a la supervisión de la Comisión, para efectos de las diligencias, actuaciones o vencimientos de los procedimientos que se tramitan o deban tramitarse ante la misma, y de conformidad con las disposiciones legales respectivas, se consideran como días inhábiles los que se señalan en el Anexo 13.4.1

Acerca de

La CUSF electrónica surge ante la necesidad de presentar una forma interactiva de consultar la circular apoyándose de tecnologías vanguardistas.

Aviso

El presente documento constituye única y exclusivamente un instrumento de apoyo para la consulta y revisión de la Circular Única de Seguros y Fianzas, y de ninguna manera sustituye la versión publicada en el Diario Oficial de la Federación de la misma, así como de las diversas Circulares que modifican su contenido, toda vez que en términos de las legislaciones federales aplicables, tales disposiciones de carácter general, obligan y producen efectos jurídicos después de su publicación en el citado Diario.

LISF y CUSF Interactivas. Versión 1.6.69