ANEXO 5.6.1-c.

PROCEDIMIENTO PARA EL CÁLCULO DE LA PÉRDIDA MÁXIMA PROBABLE DE LOS SEGUROS AGRÍCOLAS Y DE ANIMALES DE AQUELLAS INSTITUCIONES DE SEGUROS Y SOCIEDADES MUTUALISTAS QUE SE UBIQUEN EN EL SUPUESTO PREVISTO EN EL SEGUNDO PÁRRAFO DE LA FRACCIÓN VII DE LA DISPOSICIÓN 5.6.1

 

Aquellas Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas que se ubiquen en el supuesto a que hace alusión el segundo párrafo de la Disposición 5.6.1 de la Circular Única de Seguros y Fianzas, la pérdida máxima probable de retención () del ramo de  agrícola y de animales, se calculará con la siguiente fórmula:

 

Donde:

 

PML con base en las primas retenidas.

 

PML con base en los siniestros retenidos.

 

 

 

a)                  El PML con base en las primas retenidas, , se calculará como

 

Donde:

 

Primas retenidas de la Institución de Seguros o Sociedad Mutualista para el ramo agrícola y de animales correspondientes a los últimos doce meses transcurridos al cierre de cada trimestre.

 

 

 

b) El PML con base en los siniestros retenidos, , será determinado como:

 

 

Donde:

 

Promedio anual de los siniestros retenidos de los meses más recientes de experiencia de la Institución de Seguros o Sociedad Mutualista para el ramo agrícola y de animales, a valores constantes del último mes en base al Índice Nacional de Precios al Consumidor.

 

Siendo

 

siniestros retenidos del mes

 

 

 

Cuando la Institución de Seguros o Sociedad Mutualista opte por calcular la pérdida máxima probable del ramo de agrícola y de animales bajo el esquema a que se refiere el presente Anexo, los resultados se reportarán en formato Excel (archivo RR3CATDTAYA_5.6.1-c.xls) el cual estará disponible en la Página Web de la Comisión (www.gob.mx/cnsf), junto con su instructivo de llenado (archivo Instructivo de llenado del archivo RR3CATDTAYA_5.6.1-c.pdf). Para efectos de envío de este reporte como parte del RR-3, este archivo de Excel deberá nombrarse conforme se indica en la sección correspondiente al producto RR3CATDT del Anexo 38.1.4.

Acerca de

La CUSF electrónica surge ante la necesidad de presentar una forma interactiva de consultar la circular apoyándose de tecnologías vanguardistas.

Aviso

El presente documento constituye única y exclusivamente un instrumento de apoyo para la consulta y revisión de la Circular Única de Seguros y Fianzas, y de ninguna manera sustituye la versión publicada en el Diario Oficial de la Federación de la misma, así como de las diversas Circulares que modifican su contenido, toda vez que en términos de las legislaciones federales aplicables, tales disposiciones de carácter general, obligan y producen efectos jurídicos después de su publicación en el citado Diario.

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